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¿Es legal el CBD en Colombia? Lo que dice la ley en 2026

Qué permite la ley para cosméticos, alimentos y medicamentos con cannabis no psicoactivo, y cómo reconocer un producto con respaldo del INVIMA.
6 de octubre de 2026 por
¿Es legal el CBD en Colombia? Lo que dice la ley en 2026

Sí. El CBD no psicoactivo es legal en Colombia. La Ley 1787 de 2016 abrió el camino al uso médico y científico del cannabis, y el Decreto 811 de 2021 reglamentó además los usos industriales del cannabis no psicoactivo: cosméticos, alimentos, bebidas y suplementos. Un producto con CBD es legal cuando viene de derivados no psicoactivos, cumple el límite de THC y tiene la autorización sanitaria de su tipo: notificación sanitaria obligatoria si es cosmético, registro sanitario si es alimento.

Eso es lo que muchas tiendas no explican. En esta guía te contamos qué dice cada norma, qué diferencia hay entre un cosmético, un alimento y un medicamento con cannabis, y cómo verificar un producto por tu cuenta antes de pagar. Una aclaración desde la primera línea: nuestros productos son dos cosméticos y un alimento. No tienen fines terapéuticos y no los presentamos como si los tuvieran.

¿Qué dice la ley colombiana sobre el CBD y el cáñamo?

Tres normas forman el marco. Las tres están publicadas y puedes leerlas completas en los enlaces de esta sección.

Ley 1787 de 2016: el punto de partida

La Ley 1787 de 2016 tiene como objeto "crear un marco regulatorio que permita el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis y sus derivados en el territorio nacional colombiano" (artículo 1). El artículo 3 pone en manos del Estado el control del cultivo, la fabricación, la comercialización y el uso del cannabis y de sus derivados. El artículo 6 asigna al INVIMA las licencias de fabricación de derivados.

Esta ley habla de fines médicos y científicos. Los cosméticos y los alimentos con cáñamo entran en escena con la reglamentación posterior.

Decreto 811 de 2021: psicoactivo o no psicoactivo, la línea del 1 %

El Decreto 811 de 2021 define los términos que importan cuando compras. Están en su artículo 2.8.11.1.3:

  • Cannabis no psicoactivo: sumidades floridas o con fruto de la planta con un contenido de THC inferior al 1 % en peso seco (numeral 10).
  • Cáñamo: cultivar de la planta de cannabis con THC inferior al 1 % en peso seco, "en inglés hemp" (numeral 11).
  • Derivados no psicoactivos de cannabis: aceites, resinas, tinturas y extractos con THC inferior al 1 % en peso, "los cuales serán usados para fines industriales, médicos o científicos" (numeral 21).
  • Fines industriales: usos distintos a los médicos y científicos, entre ellos los usos "para alimentos, bebidas, suplementos dietarios y usos cosméticos del grano, componente vegetal y de los derivados no psicoactivos de cannabis" (numeral 25).
  • Grano: la semilla madura destinada a ser procesada, por ejemplo "para la extracción de sus aceites" (numeral 28).

El mismo numeral 25 añade una condición: los productos para fines industriales "deberán ajustarse a la normatividad sanitaria específica aplicable". Un cosmético con CBD sigue las reglas de los cosméticos. Un alimento con cáñamo sigue las reglas de los alimentos. El decreto no crea una categoría nueva de "productos de cannabis" de venta libre.

Resolución 227 de 2022: el límite del 0,2 % y los alimentos

La Resolución 227 de 2022, firmada por los ministerios de Justicia, Salud y Agricultura, reglamenta el decreto. Dos puntos te sirven como comprador:

  • Límite de fiscalización. El artículo 2, numeral 4, recuerda que son sustancias fiscalizadas los derivados de cannabis con THC igual o superior al 0,2 %, según la Resolución 315 de 2020. Por debajo de ese valor el producto es "no fiscalizado" y puede tener fines industriales.
  • Alimentos. El artículo 109 permite como materia prima para alimentos el componente vegetal, el grano y los derivados no psicoactivos. El artículo 110 fija que esos alimentos no pueden alcanzar el límite de THC. El artículo 116 exige que el rótulo cumpla la Resolución 810 de 2021 y que "siempre se deberá indicar el porcentaje de THC presente en el producto".

Cosmético, alimento o medicamento: tres caminos legales distintos

La sigla CBD aparece en los tres, pero la ley los trata por separado. Lo que cambia es la norma sanitaria, el trámite ante el INVIMA y lo que la etiqueta puede decir.

Cosméticos con CBD

Un cosmético se aplica sobre la piel para limpiarla, perfumarla, protegerla, mantenerla en buen estado o modificar su aspecto. Esa es la definición de la Decisión 833 de 2018 de la Comunidad Andina, la norma que rige los cosméticos en Colombia. En su página de preguntas frecuentes sobre cosméticos, el INVIMA resume las reglas para los que tienen ingredientes de la planta de cannabis:

  • Solo se permiten el grano, el componente vegetal y los derivados no psicoactivos, con THC inferior al 1 %. La resina de cannabis no se permite.
  • El producto terminado debe demostrar un contenido de THC inferior al 0,2 %.
  • El ingrediente debe aparecer en los listados internacionales de ingredientes cosméticos que cita el artículo 4 de la Decisión 833.
  • "Únicamente se permiten proclamas de carácter cosmético. No se permiten bondades de tipo terapéutico ni otras de tipo no cosmético."
  • No se puede usar la imagen de la flor ni del fruto del cannabis.

El trámite se llama Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO). El INVIMA asigna un código y el producto puede venderse. Nuestro aceite hidratante con CBD de 30 ml y nuestra pomada relajante de 40 g son cosméticos con NSO. Por eso hablamos de hidratar, suavizar y acompañar un masaje, y no de curar. Puedes leer cómo se usa cada uno en nuestras guías del aceite con CBD para la piel y de los ingredientes de la pomada.

Alimentos con cáñamo

Un alimento con cáñamo usa el grano, el componente vegetal o un derivado no psicoactivo como ingrediente. Sigue la Resolución 227 (artículos 109 a 117) y las normas generales de alimentos: la Resolución 2674 de 2013 para la fabricación y el registro sanitario, y la Resolución 810 de 2021 para la etiqueta nutricional. En la etiqueta solo caben las declaraciones nutricionales que la norma permite, por ejemplo el contenido de proteína o de un mineral. Un alimento no puede prometer que adelgaza ni que mejora una enfermedad.

Nuestra bebida funcional en polvo entra en esta categoría. Su ingrediente de la planta es aceite de cáñamo, obtenido del grano, y tiene registro sanitario de alimento. Los otros ingredientes son proteína de arveja, colágeno hidrolizado, citrato de magnesio y vitaminas. En esta guía de la bebida funcional explicamos cada ingrediente.

Medicamentos con cannabis

Los productos con fines médicos siguen otro camino: licencias, cupos, registro sanitario de medicamento y, cuando el THC alcanza el límite, control especial y venta en establecimientos farmacéuticos (Decreto 811, artículo 2.8.11.5.2). Un cosmético o un alimento no es un medicamento, aunque tenga CBD. Si una tienda te vende "gotas de CBD" para una enfermedad y no te muestra un registro de medicamento, está fuera de la ley. Nosotros no vendemos medicamentos.

Qué no es legal

  • Vender cannabis psicoactivo, con THC igual o superior al 1 %, fuera del sistema de licencias y de los fines médicos y científicos.
  • Vender productos con cannabis sin la autorización sanitaria de su tipo. El INVIMA publica alertas, como la Alerta Sanitaria 146-2022 sobre gotas, cápsulas y un ungüento con CBD sin registro sanitario. La entidad recomendó a la ciudadanía "abstenerse de adquirirlos".
  • Prometer en un cosmético o en un alimento que cura o trata una enfermedad. La proclama es ilegal aunque el producto tenga NSO o registro.
  • Hacer publicidad de cannabis o de sus derivados que incumpla las normas del producto específico (Decreto 811, artículo 2.8.11.2.3.2).

Una aclaración frecuente: la Sentencia C-221 de 1994 de la Corte Constitucional despenalizó el porte y el consumo de la dosis personal. Esa decisión no autoriza la venta de cannabis psicoactivo ni convierte en legal un producto sin registro.

Cómo reconocer un producto con respaldo del INVIMA

Los códigos: NSOC y RSA

  • Cosméticos. El código de la Notificación Sanitaria Obligatoria empieza por NSOC, sigue un número, el año de asignación y la sigla del país. Ejemplo real: NSOC40776-25CO, el código de nuestro aceite de 30 ml. Según el INVIMA, en Colombia no es obligatorio imprimir el código en la etiqueta; el titular decide si lo hace. Una marca que lo publica te facilita la verificación.
  • Alimentos. El registro sanitario de alimento empieza por RSA. Ejemplo: RSA-0030902-2024, el registro de nuestra bebida en polvo.
  • Medicamentos. Tienen registro sanitario de medicamento y su venta sigue reglas propias.

Consulta en línea en tres pasos

  1. Entra a la página de consulta de registros sanitarios del INVIMA y abre la consulta de datos de productos.
  2. Busca por número de registro, por nombre del producto o por titular.
  3. Compara. El nombre, el titular, el fabricante y el estado deben coincidir con la etiqueta y con la tienda. Si el registro aparece vencido o cancelado, no compres.

Señales de alerta

  • Promesas de curar o tratar enfermedades en un cosmético o un alimento.
  • "No necesita registro porque es natural". Esa excepción no existe.
  • Concentraciones de CBD sin ficha técnica ni laboratorio fabricante.
  • Imagen de la flor de cannabis en un cosmético.
  • Testimonios de pacientes en lugar de datos del producto.

Qué dice la ciencia sobre el CBD

El cannabidiol es uno de los compuestos de la planta de cannabis. El informe de revisión crítica de la Organización Mundial de la Salud (2018) concluyó que, en humanos, el CBD no muestra efectos que indiquen potencial de abuso o dependencia, y que en general es bien tolerado, con un buen perfil de seguridad. Ese informe evalúa el CBD puro como sustancia y revisa estudios con fines médicos.

La investigación sobre CBD aplicado en la piel es más reciente y más limitada. Una revisión publicada en Clinical, Cosmetic and Investigational Dermatology (2020) señala que existe evidencia preclínica sobre aplicaciones tópicas, pero que la eficacia clínica confirmada todavía no se ha establecido del todo. Nosotros tomamos esa frase en serio. Nuestros productos son cosméticos y un alimento. No tienen fines terapéuticos y no los presentamos como tales.

Lo que cambió hasta 2026

El marco de 2016, 2021 y 2022 sigue vigente. El cambio más reciente es el Decreto 1138 de 2025, del 27 de octubre de 2025, que modificó el Decreto 811 para permitir la flor seca de cannabis como producto terminado con fines médicos. Ese decreto se ocupa del uso médico. Las reglas para cosméticos y alimentos con derivados no psicoactivos siguen siendo las de 2021 y 2022. Revisamos esta guía cada vez que aparece una norma nueva.

Un último recordatorio para la compra: los productos con cannabis no psicoactivo son para mayores de 18 años. Léelo en la tienda, en la etiqueta y aquí.

Fuentes


Comprar con tranquilidad empieza por leer el código

Nuestros tres productos muestran su código del INVIMA en la página de cada uno, son para mayores de 18 años y no tienen fines terapéuticos.

Si quieres comparar antes de decidir, puedes ver la tienda Odentree o escribirnos por WhatsApp al +57 324 621 3152. Enviamos a toda Colombia.

Preguntas frecuentes

¿Es legal comprar productos con CBD en Colombia?

Sí. El Decreto 811 de 2021 permite el uso cosmético y alimentario del grano, el componente vegetal y los derivados no psicoactivos de cannabis (THC inferior al 1 %). El producto terminado debe cumplir la norma sanitaria de su tipo: notificación sanitaria obligatoria para cosméticos o registro sanitario para alimentos, y mantener el THC por debajo del límite de fiscalización del 0,2 %.

¿El CBD es psicoactivo?

No. El cannabidiol no es el compuesto que produce el efecto psicoactivo del cannabis; ese compuesto es el THC. La Organización Mundial de la Salud concluyó en 2018 que el CBD puro no muestra en humanos efectos que indiquen potencial de abuso o dependencia. La ley colombiana llama no psicoactivos a los derivados con THC inferior al 1 %.

¿Qué diferencia hay entre una notificación sanitaria obligatoria y un registro sanitario?

La notificación sanitaria obligatoria (NSO) es el trámite de los cosméticos ante el INVIMA bajo la Decisión 833 de 2018; el código empieza por NSOC. El registro sanitario es el acto administrativo que autoriza un alimento de alto riesgo, un medicamento u otro producto vigilado; para alimentos el código empieza por RSA. Los dos se consultan en la página del INVIMA.

¿Cómo verifico si un producto con CBD tiene registro o notificación del INVIMA?

Entra a la consulta de registros sanitarios del INVIMA, busca por el número que aparece en la etiqueta o en la tienda, y compara el nombre del producto, el titular y el estado. Si el número no aparece, está vencido o pertenece a otro producto, no compres. Las alertas sanitarias del INVIMA también listan productos fraudulentos.

¿Un cosmético con CBD puede prometer que trata una enfermedad?

No. El INVIMA indica que en los cosméticos solo se permiten proclamas de carácter cosmético y que están prohibidas las proclamas con propiedades curativas o terapéuticas, según los artículos 2 y 3 de la Decisión 833 de 2018. Un cosmético hidrata, suaviza o protege la piel. Si una tienda promete más, revisa dos veces.

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